Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano. Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva a la Privativa de Libertad, en contra del ciudadano JORGE LUÍS ROMERO LÓPEZ, venezolano, natural de Guiria, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 16.388.423, de profesión u oficio: Construcción, nacido en fecha 03-12-1978, de 31 años de edad, hijo de Rafael Romero e Isidora López, y domiciliado en la Población de Monacal, Calle Las Flores, casa s/n, a una cuadra de la Escuela, Guiria, Municipio Valdez, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 153 de la Ley Orgánica de Drogas, en perjuicio de la Colectividad. En consecuencia, el referido ciudadano deberá presentarse cada quince (15) dí.....