De conformidad con lo dispuesto en el artículo 189 del Código Civil, este Tribunal procediendo en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA LA SEPARACION DE CUERPOS de los antes identificados cónyuges, ciudadanos VICTOR DAVID ORTIZ VELASQUEZ y MAIRA ALEJANDRA MARTINEZ MARCHAN, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V- 6.806.876 y 12.662.831, respectivamente en la forma y en los términos especificados en su escrito de solicitud de separación por mutuo consentimiento