Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: el padre ciudadano: EDUARDO JOSE MARQUEZ LOPEZ, suministrará por concepto de obligación de manutención la cantidad de TRESCIENTOS BOLIVARES (BS. 300,oo) mensuales. Además dará un bono navideño por la cantidad de QUINIENTOS BOLIVARES (Bs. 500,oo). Los gastos médicos, medicinas, uniformes y útiles escolares serán cubiertos por los padres en un 50% cada uno. Asimismo, solicitan se aperture una cuenta de ahorros donde se depositarán los montos acordados, para lo cual ordena oficiar al Gerente de la Entidad Bancaria Bicentenario Banco Universal, a los fines consiguientes