REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y DEL REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE SEDE EN CUMANÁ.

Cumaná, 17 de Febrero de 2011.
200º y 151º


ASUNTO: JMS1-S-1366-11

PARTES: ARNALDO JOSE VASQUEZ MARTINEZ
y VANESA MARIA BERMUDEZ FERNANDEZ.

MOTIVO: HOMOLOGACION INTERPUESTA POR LA DEFENSORIA
MUNICIPAL DEL MUNICIPIO CRUZ SALMERON ACOSTA DEL ESTADO SUCRE, SEDE ARAYA.

NIÑOS: Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes


INSTITUCION FAMILIAR: REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR


Recibido de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), en fecha 09 de Febrero de 2011, solicitud de homologación presentado por los ciudadanos ARNALDO JOSE VASQUEZ y VANESA MARIA BERMUDEZ FERNANDEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 4.683.615 y 13.611.433, domiciliados ambos en el Barrio Nueva Araya (2) de la Población de Araya, Municipio Cruz Salmeron Acosta del Estado Sucre, en el cual solicitan la homologación de la conciliación por Régimen de Convivencia Familiar, a favor de sus hijos Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de once (11) y tres (03) años de edad, respectivamente, celebrada por ellos ante la Defensorìa Municipal del Municipio Cruz Salmeron Acosta del Estado Sucre, Sede Araya, en fecha 25-01-2011, según acta que anexan, se admite la misma; y por cuanto dicho acuerdo no es contrario a derecho, al orden publico, a las buenas costumbres, ni ninguna disposición expresa de la ley, tratándose de una materia donde es posible la mediación, en consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Procesal Transitorio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, en los términos siguientes: el padre ciudadano: ARNALDO JOSE VASQUEZ, compartirá con sus Se omite el nombre de conformidad con el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en sus días libres de acuerdo a su horario de trabajo y quince (15) días de las vacaciones escolares. Cúmplase.-
Publíquese, Regístrese y expídase copia certificada del presente fallo, de conformidad con los artículos 247 y 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 1384 del Código Civil. Asimismo se acuerda su publicación en la página Web del Tribunal.
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y de Régimen Procesal Transitorio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, en Cumaná a los catorce (14) días del Mes de Febrero de 2011.-
LA JUEZA




Abg. María Eugenia Graziani

La Secretaria



La presente sentencia se publicó en su fecha siendo las 12:30 p.m.



La Secretaria




MEG/mjgc
ASUNTO: JMS1-S-1366-11
PARTES: ARNALDO JOSE VASQUEZ MARTINEZ
y VANESA MARIA BERMUDEZ FERNANDEZ
MOTIVO: HOMOLOGACION REGIMEN DE CONVIVENCIA FAMILIAR
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA