Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la debida HOMOLOGACIÓN, a la mediación celebrada por los ciudadanos OSCARINA DEL VALLE ANDRADEZ CORTEZ y LUIS ENRIQUE RIVAS MARCANO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 15.290.428 y 15.288.568, domiciliados la primera domiciliada en la Urbanización la Llanada, Sector 01, vereda 44, Casa Nº 02, Cumaná, estado Sucre, y el segundo domiciliado en la Urbanización la Llanada, Sector 01, Avenida 5, Casa Nº 25, Funcionario Publico, Telf. 0414-1995145.