DISPOSITIVA
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal Municipal en Funciones de Control Nº 5, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley SUSTITUYE LA PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, que pesa sobre el Ciudadano REINALDO JOSÉ JIMÉNEZ VILLARROEL, venezolano, de 39 años de edad, natural de Carúpano Estado Sucre, soltero, titular de la cedula de identidad Nº 16.398.191, Albañil, nacido en fecha 21/10/78; residenciado en playa grande, calle N° 01 vivienda rural, Carúpano, Municipio Bermúdez, del Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, tipificado en el artículo 453 numerales 3, 4 y 6 del Código Penal, en perjuicio de RAMÓN ANTONIO HERNÁNDEZ CABELLO, acuerda revisar la Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad; sustituyéndola por una menos gravosa, estableciendo en una .....