Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley DECRETA: la medida cautelar de presentación para el ciudadano EUSTAQUIO DEL CARMEN MOROT ESPINOZA , quien dijo ser venezolano, Natural de Loma Larga, Municipio Andrés Mata Estado Sucre, de 55 años de edad, Soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 5.869.110, de oficio agricultor, nacido el 31/10/1.955, hijo de Flor Espinoza y Abrahán Morot, domiciliado en el Loma Larga, casa S/N, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, y el Segundo de los imputados. y para el ciudadano DOUGLAS MANUEL HIDALGO VASQUEZ, quien dijo ser venezolano, Natural de Carúpano, Sucre, de 21 años de edad, Soltero, titular de la Cédula de Identidad Número V- 21.540.526, de oficio agricultor, nacido el 18-03-1990, hijo de Nery Vásquez y Pedro Hi.....