En este estado toma la palabra el Juez y expone: Vista la solicitud formulada por la representación Fiscal, así como los alegatos de la defensa, y revisada como ha sido el presente asunto, donde se observa que no existen elementos de convicción que comprometan la responsabilidad de los imputados, es por lo que en razón de lo antes expuestas este Tribunal Segundo de Control Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: la Libertad Plena de los ciudadanos: Jorge Luís Carreño Millán, quien es venezolano, mayor de edad, de 26 años de edad, nacido el día: 26-01-82, de oficio obrero, Titular de la cédula de identidad numero: V- 18.215.562, hijo de Héctor Tineo, y Isabel Millán y residenciado: Sector 19 de Abril, calle principal, casa S/N, el Pilar, Municipio Benítez, del Estado Sucre, y Josè Javier Iriarte Rodríguez, quien es venezolano, mayor de edad, de 28 años de edad, nacido el día: 05-09-80, de oficio Obrero, Titul.....