Por todos los razonamientos antes expuestos, que este Tribunal Tercero en Funciones de Control, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA MEDIDA CAUTELAR PRIVATIVA JUDICIAL DE LIBERTAD y en consecuencia decreta ORDEN DE APREHENSIÓN, en contra de los ciudadanos RAIMOND RAFAEL VARGAS RIBERO, de nacionalidad venezolana, natural de Cariaco, Estado Sucre, de 27 años de edad, nacido el 24-04-88, estado civil soltero, de profesión Teniente de la Guardia Nacional Bolivariana, residenciado en la Calle Principal, casa sin número, Sector El Guamache de la Comunidad de Pantoño, Parroquia Cariaco, Municipio Ribero, Estado Sucre, titular de la cédula de identidad V-24.535.790; RICARDO LUÍS ROMERO GIL, apodado "AREPA", de nacionalidad venezolana, natural de Cariaco, Estado Sucre, de 23 años de edad, nacido el 17-09-91, estado civil soltero, sin oficio actual, residenciado en la Calle Principal, casa sin número, Sector Pantoño Abajo, de la Comunidad de Pantoño.....