Por lo que, con fundamento en todo lo antes expuesto, este Tribunal Tercero de Primera Instancia Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia, En Nombre De La República Y Por Autoridad De La Ley, Decreta MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, contra el imputado GILBERTO JOSE RUIZ ANDRADES, venezolano, titular de la cédula de identidad N° V-15.249.196, de 39 años de edad, natural de Santa Fe, Parroquia Raúl Leoni, Municipio Sucre del Estado Sucre; nacido en fecha 16-03-1975, soltero, de profesión u oficio Albañil, hijo de Guillermo Lezama y Dominga Andrades, ambos fallecidos, residenciado en Nurucual, Carretera nacional Casa N° 42, casa S/N, Parroquia Raúl Leoni, Municipio Sucre del Estado Sucre, por la comisión del delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, conforme al artículo 242 numeral 09 del Código Orgánico Procesal Penal; consistente en prohi.....