este TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra de los ciudadanos ALEXIS MANUEL COLON SUAREZ, y JOSE EDUARDO SEQUERA BERMUDEZ, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 458 del código penal en perjuicio de la ciudadana YURAIMA DEL VALLE ALEMAN DE LA ROSA. Así mismo y el delito de PORTE DE ARMA DE FUEGO y 112 de la Ley Sobre Desarme y control de Municiones al ciudadano ALEXIS MANUEL COLON SUAREZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-22.631.888, fecha de nacimiento 01/10/1993, de 20 años de edad, nacido en Cumana, Estado Sucre, de profesión u oficio indefinido, hijo de los ciudadanos Alexis Colon y Luciera Suárez, residenciado en Santa Inés, Calle Nueva, Miramar, mundo Nuevo, de Cumana, Estado Sucre el delito de, en perjuicio del EST.....