Este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Decreta el SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA seguida en contra del imputado: RONNY JOSE ARRIAZA CARREÑO Venezolano, fecha de nacimiento: 21-05-77, de 30 años de edad, residenciado se desconoce, Titular de la Cédula de Identidad No-13.942.289 por el delito de: HURTO DE VEHICULOS AUTOMOTORES previsto y sancionado en el artículo 1 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos, en perjuicio del ciudadano: TORREN JEAN GEORGES por PRESCRIPCION DE LA ACCION PENAL de conformidad con lo previsto en el artículo 108 ordinal 4º del Código Penal, en concordancia con los artículos 318 ordinal 3ero y 48 numeral 8vo del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes de la presente decisión y al Imputado conforme a lo establecido en el artículo 181 único aparte Ejusdem, por desconocerse la dirección del mismo, colo.....