Por las consideraciones expuestas, este Juzgado del Municipio Andrés Mata del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara
IMPROCEDENTE, la oposición a las pruebas, presentadas por el abogado SANDY ROJAS FARIAS, abogado en ejercicio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 48.614, en
su carácter de apoderado judicial de JESUS MENESES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-13.731.471, propietario de la Firma Personal Ferretería J.M, con domicilio en la calle principal de la población de Río Casanay, Parroquia Tavera Acosta, Municipio Andrés Mata del Estadlo Sucre., en el juicio de INTIMACION AL PAGO, incoado por el ciudadano LUIS JOSE LA ROSA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-10.877.43, domiciliado en la calle Buenos Aires Parroquia Tavera Acosta, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, re.....