este Tribunal Unipersonal Primero de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, condena a cumplir a la pena de UN (01) AÑO y SEIS (06) MESES de prisión, más las accesorias de ley, e igualmente lo condena al pago de las costas procesales, al ciudadano RONALD JOSÉ ACUÑA RODRÍGUEZ, venezolano, natural de Cumaná, de 25 años de edad, nacido en fecha 16/07/1985, soltero, titular de la Cédula de Identidad N° V-16.996.117, hijo de Víctor Acuña y Rosa Rodríguez, residenciado en Boca de Sabana, Calle Cardonal, casa N° 16, Cumaná, Estado Sucre; por el delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA DE FUEGO, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal, en perjuicio del Estado Venezolano.