DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, a favor del Imputado: LUVER ENRIQUE SUBERO MARCANO, venezolano, natural de el Pilar, Estado Sucre, de 25 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 20.124.279, nacido en fecha 16-04-1986, profesión u oficio: agricultura, hijo Valentina Marcano y Luís Subero, Sector Barceló, calle principal, frente a la escuela Bolivariana de Barceló, casa S/N, Municipio Cajigal del Estado Sucre, por la comisión del delito de por la comisión del delito de APROCECHAMEINTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO, previsto y sancionado en el articulo 470 del Código Penal, en relación con el en el artículo 43 de la Ley Penal de Ambiente, en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO y establece como condiciones a cumplir, las siguientes: PRIMERO: cumpla la reforestación de una área ubicada en el sector la Horqueta, en el Municipio cajigal, de Yaguaraparo, con la siembra y mantenimiento de veinte (20) árboles de Apamates y someterse a la supervisión de la Guardia Naciona.....