ACUERDA la Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad al imputado PEDRO RAMON ROSAL ROSAL, Venezolano, Soltero, de 23 años de edad, soltero, nacido en fecha 08-05-1983, titular de Cédula de Identidad N° V-16.824.911, de Profesión u Oficio Marino, domiciliado en el sector de Playa Grade, Vivienda Rural, calle N° 1, casa N° 01, de color verde, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, hijo de Pedro Hernández y Romelía, de conformidad con los ordinales 3° y 6° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal, Consistente en presentaciones cada 15 días por ante la unidad de alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal y no fomentar problemas con la víctima, en tal sentido deberá abstenerse de acudir al lugar de residencia de la víctima así como a su lugar de trabajo, por el Lapso de seis (06) meses.