este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Nombra como CURADOR ESPECIAL, a la ciudadana ANA MARUJA VAZQUEZ SUAREZ, Venezolana, Mayor de Edad, Titular de la Cedula de Identidad Nº V-11.413.800, domiciliado en la Calle García, Casa Nº 81, de esta Ciudad de Cumaná, Municipio Sucre del Estado Sucre, para que represente legalmente al Niño ART. 65 LOPNA, de Cuatro (04) años de edad, en la protocolización del documento sesión de derechos de un inmueble propiedad de la ciudadana MARITZA MARGARITA SUAREZ DE VASQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-3.607.570, siguiendo lo ordenado en el articulo 101 de la Ley de Protección del Niño y del Adolescente, y a los artículos 110 y 270 del Código Civil Vigente.-