Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, Este Tribunal Segundo de Ejecución de Primera Instancia, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, de conformidad con lo previsto en los artículos 479, 480 y 482, del Código Orgánico Procesal Penal, EJECUTA la sentencia dictada en fecha 3 de Julio de 2012, por el Tribunal Segundo de Control, mediante la cual se condenó a GREGORI JOSÉ LISTA SANDOVAL, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 15.883.973, de 29 años de edad, de estado civil soltero, profesión y oficio estudiante, hijo de Rusela Sandoval y Dalmiro lista, y residenciado en Canchunchu Viejo, Calle Bello Monte, Casa Nº 317, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a cumplir la Pena de Diez (10) años de presidio, más las accesorias de Ley, por la comisión del delito de Homicidio Intencion.....