DISPOSITIVA
Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuesto, este Tribunal Quinto de Control del circuito Judicial Penal del estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: PRIMERO: DECRETA la PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, contra el ciudadano: OSWARD JHONATTAN VELÁSQUEZ ANTOMARCHI, venezolano, de 32 años de edad, natural de Carúpano Estado Sucre, de oficio estudiante, de estado civil soltero, nacido en fecha 12/03/1980, titular de la cedula de identidad Nº V.- 14.856.268, hijo de, Oswaldo José Velásquez y Carmen Luisa de Velásquez, residenciado Barrio Sucre, calle Principal, casa S/N, al lado de la bodega que queda en la esquina de la calle principal, Carúpano Estado Sucre; por la presunta comisión del delito de ROBO GENERICO, previsto y sancionado en el artículo 455 del Código Penal, cometido en perjuicio de la Ciudadana ZULEIDIS MILAGROS GONZÁLEZ, por los hechos .....