este Tribunal considera que hay suficientes elementos de convicción para estimar que el ciudadano: Wladimir Alejandro Rondón Fuentes, es responsable del delito de Homicidio calificado, en perjuicio del ciudadano: Miguel Ángel Bello, en consecuencia Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de Ley, Decreta Medida Judicial Preventiva Privativa de Libertad, en contra del ciudadano: Wladimir Alejandro Rondón Fuentes, de nacionalidad venezolana, de 23 años de edad, fecha de nacimiento 05-10-82, de Estado Civil Soltero, titular de la Cédula de Identidad N° 16.257.156, de profesión u oficio obrero, residenciado en Río Caribe, Calle 23 de Enero, Casa S/N, Cerca de la Escuela Unidad Educativa Dr. Juan Pablo Rojas Paúl, Cotoperí, Sector las Ameritas, casa I-91, Margarita estado Nueva Esparta, 0416-9952073, hijo de Jesús Teodoro Rondón Aguilera y de Laudenia María Rondón de Rondón, por lo que se ordena su reclusión en la Comandancia de Policía de esta Ciudad, todo de conf.....