Por todo lo anteriormente señalado es por lo que este Tribunal Tercero de Control del Primer Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA SIN LUGAR la Solicitud de Examen y Revisión de Medida Judicial de Privación Preventiva de Libertad, realizado por la ABG. ELIZABETH BETANCOURT, defensora del imputado, Jesús Daniel Velásquez Martínez, titular de la cédula de identidad Nº 25.249.173, venezolano, de 19 años de edad, nacido en fecha 31/07/1994, natural de esta ciudad, de estado civil soltero, sin oficio definido, residenciado en la urbanización La Llanada, avenida 02, sector 01, casa s/n, de color azul, Cumaná Estado Sucre, por el delito de Robo Agravado de Vehículo Automotor, previsto y sancionado en el articulo 5 en relación con el articulo 6 numerales 1, 2, 3 y 10 todos de la Ley Sobre el Robo y Hurto de Vehículos Automotores; en perjuicio de los ciudadanos Castillo Niurka, José Jesús Figuera, Miguel Piñ.....