Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Juicio, del Circuito Judicial Penal del estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley procede a Condenar: al ciudadano YORMAN JOSÉ CARABALLO CARABALLO, venezolano, natural de Carúpano. Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de 27 años de edad, nacido en fecha 12-07-1981, hijo de Solangel Caraballo y Rigoberto Patiño, titular de la cédula de identidad Nº 17.624.945, residenciado en: Guayacán del Flores, sector 2, vereda 51, casa Nº 7, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, a cumplir la Pena de CUATRO (04) AÑOS, DE PRISIÓN, por la comisión del delito de: ROBO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 455, del Código Penal Venezolano, en perjuicio de "Omissis", mas las accesorias de Ley, establecidas en el articulo 16 del Código Penal y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 376 del Código Orgánico P.....