Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Se DECLARA la extinción de la Acción Penal y en consecuencia se DECRETA el SOBRESEIMIENTO DE LA PRESENTE CAUSA a favor del ciudadano LUIS ALBERTO CARABALLO HERNANDEZ, venezolano, de 44 años de edad, de estado civil casado, de profesión u oficio Funcionario Policial, nacido el 13-03-1967, titular de la cédula de identidad Nº 6.954.085, hijo de José Caraballo y Elia de Caraballo, y domiciliado en la Calle Principal de La Rinconada de Playa Grande, Casa S/N, cerca de la antigua Discoteca la Rinconada, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos LUÍS FRANCISCO MARCANO Y DORIS DEL VALLE CARABALLO; todo de conformidad con lo estableci.....