Por todos los argumentos antes esgrimidos, este Tribunal Primero de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 479 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 493 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA al ciudadano ARQUÍMEDES RAMÓN CASTILLO GONZÁLEZ, Venezolano, de 50 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 8.441.798, de oficio pescador, soltero, natural de Cumaná, nacido en fecha 20-06-59, hijo de Ana González y Alfonso Castillo, residenciado en las palomas, calle la providencia, casa S/N°, al frente del taller de Larry, Cumaná, Estado Sucre, quien fue condenado a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, por el delito de OCULTAMIENTO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto.....