Por los razonamientos antes expuestos, Este Juzgado Sexto de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley, Declara CON LUGAR, la solicitud plateada por el Ministerio Público, y en consecuencia DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial de Libertad en contra del imputado JULIO CESAR RODRIGUEZ, venezolano, de 48 años, Titular de la cédula de Identidad Nº 9.973.712, fecha nacimiento 01-01-67, soltero, de profesión Pescador, hijo de los ciudadanos Leonor Rodríguez y Pedro Marcano, residenciado en el Dique, cuarta calle, casa Nº 78, cerca de la Licorería Claudio Castillo de esta ciudad de Cumaná, Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de HURTO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 452 ordinales 4° y 8° del Código Penal, en perjuicio del ciudadano DOMINGO APOLONIO FUENTES, medida consis.....