Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda sancionar a los adolescentes , titular de la cédula de identidad N° 24.535.163, hijo de Mari del Véliz, fecha de nacimiento 20-02-90, residenciado en la calle Buena Vista, Sector Quinta San José, Casa S/n, Cerca del Mercado Municipal de esta Ciudad y J, titular de la cédula de Identidad N° V. 20.991.504, hijo de Deyanira Rodríguez Rodríguez y Wilfredo del Valle Tiuzem Diumo, fecha de nacimiento 04-06-90, residenciado en la calle Buena Vista, Sector Quinta San José, Casa 27, Cerca del Mercado Municipal de esta Ciudad; a la sanción de UN (1) AÑO Y SEIS (6) MESES de privación de libertad, de conformidad con los Artículos 578 literales "A" y "F"; 583 y 620 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y Adolescente, por su participación en el delito de ROBO AGRAVADO previsto y sancionado en el artículo 460 del Código Penal, vigente para el momento de los hechos , en per.....