Este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 493 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, a los ciudadanos: MARIA LEONOR RANGEL GARCIA Venezolana, nacida en fecha: 30-05-50, de 59 años de edad, hija de Miguel Rangel y Eduardo García, soltera, de ocupación ama de casa, residenciada en El Brasil, sector 2, vereda 39, casa No-14, Cumaná, Estado Sucre, Titular de la Cédula de Identidad No-4.702.168 Y MAIRA ALEJANDRA RONDON RANGEL venezolana, nacida en fecha: 06-01-77, de 32 años de edad, soltera, titular de la cédula de Identidad No.14.126.995, hija de María Rangel y Juan Rondón, domiciliada en Brasil Sur, calle 5, casa No-82, Cumaná, Estado Sucre, actualmente recluidas en el Internado Judicial del Estado Sucre, quienes fueran condenad.....