Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la ley, DECRETA, el Sobreseimiento de la causa al los ciudadanos Mirian Mata Gonzáles, quien es Venezolana, mayor de edad, de 31 años, nacida en fecha 27-07-73, de estado civil soltera, de profesión u oficio: del hogar, cedula N° 13-294-886, residenciado en Sangrijuela de los Blancos y Ángel Francisco Mundarain, venezolano, de 48 años de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 5.863.194, nacido en fecha: 01-10-56, casado, de profesión u oficio: Chofer, residenciado en la Urbanización Caserío Maturincito, vía principal, casa sin numero, Estado Sucre, Todo en conformidad con los artículos 45, 48 ordinal 7 y 318 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese a las partes y en su debida oportunidad remítase al Tribunal de Ejecución Competente. Cúmplase.
La Ju.....