Este Tribunal Mixto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, actuando en nombre de la República y por autoridad de la Ley, RESUELVE por unanimidad: UNICO: declara al acusado ENGELS JOSÉ MOSQUEDA GUAIPO, venezolano, de 20 años de edad, de estado civil soltero, Estudiante, titular de la cédula de Identidad N° 17.672.035, hijo de Gladis Guaipo y Hernán Mosqueda, residenciado en la Llanada Sector 3, urbanización Vista Hermosa, Calle Vista Alegre, N° 53, Cumaná, Estado Sucre, acusado de HOMICIDIO CALIFICADO CONCAUSAL SOBREVENIDO, previsto y sancionado en los artículos 410 del Código Penal vigente, en concordancia con el numeral 1 del artículo 406 ejusdem; en perjuicio del ciudadano LUIS NATIVIDAD RAMOS; CULPABLE, y en consecuencia lo CONDENA a cumplir la pena de SEIS (06) años de presidio, más las accesorias de Ley, calculada de conformidad con lo establecido en el artículo 37 y 74 ordinal 4°, del Código Penal. De conformidad con lo previsto con el artículo.....