Con base a todo lo antes expuesto este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio 185-A interpuesta conjuntamente por los ciudadanos HECTOR JOSE DIAZ y AMERICA ANDRADES, venezolanos, mayores de edad, Cónyuges entre si, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.476.138 y V-8.642.426, respectivamente, y domiciliados el primero en los Bordones, vía El Tacal, casa sin número, Parroquia ayacucho, Municipio Sucre y la segunda en Los Molinos , casa Nª 93 Parroquia Altagracia, Municipio Sucre del Estado Sucre; debidamente asistidos por el Abogado en ejercicio y de este domicilio ORLANDO VELASQUEZ, inscrita en el IPSA bajo el Nº 32.302; y por consiguiente, declara Disuelto el Vínculo Matrimonial contraído en fecha Once (11) de Julio del año Mil Novecientos Ochenta y Cinco (1985), por ante la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Ayacucho, Municipio Sucre del Estado Su.....