este Tribunal Segundo de Primera Instancia en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, en ejercicio de la facultad conferida en el artículo 471 del Código Orgánico Procesal Penal y conforme al artículo 482 eiusdem, OTORGA EL BENEFICIO DE SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, al ciudadano: BELTRAN NAZARETH VILLARROEL MARCANO venezolano, Titular de la Cédula de Identidad Nº 18.414.748, de 28 años de edad, nacido en fecha: 09-09-1986, soltero, hijo de Beltrán Bermúdez Villarroel y Yajaira Marcano, residenciado en el Centro de Carúpano, Calle San Félix con Perú, Edificio Taire, Piso 2, apto 02, Cerca del SAIME, teléfono 0294-3316312, Carúpano Municipio Bermúdez, Estado Sucre, a cumplir la pena de: TRES (03) AÑOS y SEIS MESES DE PRISIÓN mas las penas accesorias establecidas en el artículo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de: ROBO AG.....