Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Tribunal Cuarto de Control, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Se ACUERDA conceder un lapso de Treinta (30) días, contados a partir de la presente fecha, para que el representante del Ministerio Público, presente el Acto Conclusivo correspondiente en el asunto seguido a la ciudadana MARIA DE LAS NIEVES RAMOS, venezolana, mayor de edad, de 22 años de edad, peluquera, soltera, hija de Margarita López y Edgar Ramos, nacida el 13-08-1988, titular de la cédula 20.373.317 y residenciada en Playa Grande Vía el Pujo, Casa S/N; cerca del Autolavado Darmari, Carúpano Estado Sucre, por la presunta comisión del delito de LESIONES PERSONALES DEL TIPO PENAL BASICO, previsto y sancionado en el artículo 413 del Código Penal, en perjuicio de JHOAN JESUS GALLARDO; todo de conformidad con lo dispuesto en el artícul.....