Por todo lo antes expuesto, éste Tribunal Cuarto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Resuelve: Se DECLARA la extinción de la Acción Penal y DECRETA el Sobreseimiento de la presente causa a favor del acusado: JOSE BENITO CAMPOS HERNÁNDEZ, venezolano, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de profesión agricultor, nacido el 02-05-1.988, titular de la Cédula de Identidad Nº 22.924.843, hijo de Jesús Luís Campos y Maria Hernández, domiciliado en Cangua, Casa N° 01, Cangrejal, en la calle principal, Cerca de la Bodega, Municipio Andrés Mata del Estado Sucre, por la comisión del delito de LESIONES PERSONALES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal Vigente, en perjuicio del Ciudadano: TOVAR COSME DAMIAN; todo de conformidad con lo establecido en los artículos 45; 48, numeral 7; y 318, numeral 3, del Código Orgánico Procesal Penal. Quedan las par.....