éste TRIBUNAL QUINTO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO SUCRE EXTENSIÓN CARÚPANO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, se ordena la LIBERTAD INMEDIATA del Ciudadano JOHAN ALFREDO ROSALES ORTA, venezolano, de estado Civil: Soltero, de 30 años de edad, titular de la cedula de identidad Nº 16.148.214, de profesión u oficio: mecánico, nacido en fecha: 30-07-80, residenciado en: Canchunchu Viejo, sector Nueva Bermúdez, Casa S/N, cerca de la capilla, Carúpano estado Sucre, hijo de Merli Orta y Federico Rosales, de conformidad con el articulo 44 de la Constitución Bolivariana de Venezuela. En otro orden de ideas, se acuerda oficiar al CICPC subdelegación Carúpano, a los fines de que practiquen la respectiva reseña, del Ciudadano Johan Alfredo Rosales Orta, y las mismas sean remitidas a la subdelegación del CICPC de la Victoria Estado Aragua. Líbrese boleta de libertad junto con oficio al Comandante de la Policía de.....