este Tribunal Penal de Primera Instancia Estadales y Municipales en Funciones de Control N° 02, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: Declara: La Extinción de la Acción Penal y Decreta: El Sobreseimiento de la presente causa a favor del ciudadano Domingo Emigdio Antomarchi Moreno, venezolano, natural de Carúpano, Estado Sucre, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.951.731, nacido en fecha 05-04-1965, de 47 años de edad, de estado civil soltero, hijo Adarjiza Moreno y Jorge Antomarchi, y residenciado en el Barrio Primero de Mayo, Calle Principal, Quinta Adargaza, frente a la Calle Páez, al lado de una bloquera, Carúpano Municipio Bermúdez del Estado Sucre, por la comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Alejandra Si.....