En virtud de las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este TRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS BERMÚDEZ, BENÍTEZ, LIBERTADOR, ANDRÉS MATA Y ARISMENDI DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO SUCRE, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO 185-A interpuesta por los ciudadanos: AMÉRICO JOSÉ DE BRITO CORREA y ROSANA JOSÉ REGNAULT, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de Identidad Nros V- 5.698.615 y V- 5.879.312, respectivamente y de este domicilio, asistidos por el Abogado MIGUEL J. ROJAS TEIJEIRO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 31.812 y de este domicilio, quedando en consecuencia DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL que los unía y que contrajeran por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Antímano, Departamento Libertador del Distrito Federal, ahora Área Metropolitana, Cara.....