Este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA Conceder un Plazo de Noventa (90) días contados a partir del 7 de Noviembre del año en curso, para que la Representante del Ministerio Público presente el Acto Conclusivo correspondiente en el presente asunto penal, seguido a los imputados ERASMO ARISMENDI PINEDA, venezolano, Natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de 35 años de edad, nacido en fecha 12-02-1976, titular de la cedula de identidad Nº 14.977.866, de estado civil soltero, de profesión u oficio: obrero, hijo de Erasmo Arismendi y Victoria Pineda, con domicilio en: Carúpano Arriba, vía Macarapana, casa s/n, cerca de donde esta la virgen del valle, Carúpano, Municipio Bermúdez Estado Sucre y WILLIAM JOSE PINEDA PINEDA, venezolano, Natural de Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, de 18 años de ed.....