Por todos los razonamientos de hecho y de derecho antes expuestos, este Tribunal Primero de Juicio, del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, extensión Carúpano, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Condena al ciudadano Santiago Antonio García, venezolano, de 34 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Agricultor, nacido el 23-05-1978, titular de la Cédula de Identidad N° 15.113.246, hijo de Josefa Maria García y Antonio Granado y domiciliado en Sector Doña Bartola, Calle Principal, Casa N° 23, Vía Yaguaraparo, Municipio Cajigal del Estado Sucre; a cumplir la Pena de Un (1) año, Seis (6), meses , Veintidós (22), días y Doce (12) horas de prisión, mas las accesorias de Inhabilitación Política, prevista en el ordinal 1º del Articulo 16 del Código Penal, por la comisión de los delitos de de Ocultamiento Ilícito de arma de fuego y Lesiones Personales menos graves, previstos en los artículos 277 y 41.....