este Tribunal Segundo de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley procede a CONDENAR: al ciudadano ÁNGEL RAMÓN GARCÍA DE LA CRUZ, venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 14.670.412, nacido en fecha 08-04-1979, de 31 años de edad, de profesión u oficio pescador, hijo de Cosme García y Luisa de la Cruz, domiciliado urbanización Brasil, Sector 1, vereda 10, Casa Nº 42, cerca de la carpintería, Cumaná Estado Sucre; a cumplir la Pena de UN (01 AÑOS y SEIS (06) MESES de prisión, mas las Accesorias de Ley, previstas en el articulo 16 del Código Penal, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO,, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal Venezolano, y en cuanto al acusado FRANCISCO JAVIER RUÌZ GARCÌA, venezolano, de estado civil soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 19.892.020, na.....