este Tribunal Quinto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, decreta medida cautelar sustitutiva a la privación de libertad contenida en el numeral 3 del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en presentarse cada 20 días por ante la Unidad de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal; y ratifica las Medidas de Protección y Seguridad impuestas por el órgano receptor, contra el ciudadano LUIS ARMANDO RONDÓN, venezolano, de 47 años de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.953.510, natural de Cumaná, nacido en fecha 05-01-64, de profesión u oficio comerciante, soltero, hijo de Luis Quintín López y Mercedes Valentina Rondón, residenciado en los cocos, sector 4, cuarta calle, casa N° 47, Cumaná, Estado Sucre; consistente en: 5- PROHIBICIÓN DE ACERCAMIENTO A LA MUJER AGREDIDA, A SU LUGAR DE TRABAJO, ESTUDIO O RESIDENCIA; 6-LA PROHIB.....