En atención a las consideraciones antes expuestas, atendiendo a los hechos particulares del caso de autos y al derecho aplicable, este Tribunal de Protección del niño y del adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre , en decisión del Juez Nº l, Sala de Juicio, Sede Cumaná, Administrando Justicia en Nombre de la República
Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR, la demanda que por REVISION DE OBLIGACIÓN ALIMENTARIA, intentara la ciudadana SILVIA COROMOTO ROMAN, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de Identidad N° V-6.219.444, residenciada en Cascajal, Bloque 3-A apartamento Nº 2 Planta Baja, Cumaná Estado Sucre, debidamente asistida por la Defensora Publica abogada MARISOL HERNANDEZ contra el ciudadano VICTOR ENRIQUE PENS LEMUS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 8.429.068, domiciliado en Urbanización El Bosque Calle E, casa Nº 04, Cumana estado Sucre, a favor de su hij.....