DECRETA: LA EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49 Ordinal 7° del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia se DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a ALEXANDER JOSE ALFONZO BELLO, venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, soltero, de 22 años de edad, hijo de Carmen Bello y Antonio Alfonso, titular de la Cédula de Identidad Número V- 21.540.906, nacido en fecha 24/09/1993, estudiante, y residenciado en la en urbanización primero de Mayo, Calle Los Jardines, Nº 25, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, ESTEBAN BRITO YAÑEZ, venezolano, natural de Carúpano Estado Sucre, soltero, de 23 años de edad, hijo de Lilian Yánez y Miguel Brito, titular de la Cédula de Identidad Número V- 20.376.226, nacido en fecha 12/06/1992, estudiante, y residenciado en la urbanización Primero de Mayo, Calle Bolívar, Nº 17, Carúpano, Municipio Bermúdez del Estado Sucre, y MAYKOL ALEXANDER TOLEDO FLORES, venezolano, natural de Caracas, solt.....