este Tribunal Primero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad, bajo Caución Juratoria, respecto del imputado MIGUEL DEL VALLE CARABALLO, venezolano, de 23 años de edad, nacido el 04-04-1986, natural de Carúpano, soltero, titular de la Cédula de Identidad Nº 18.415.501, profesión u oficio: pescador, hijo de Miguel Granado y Solangel Caraballo, residenciado en: Guayacán de las Flores, sector 2, bodega El Monaso, casa s/n, Carúpano, Municipio Bermúdez, Estado Sucre; debiendo este cumplir con las siguientes obligaciones: 1. Un régimen de presentaciones cada ocho (08) días, por el lapso de seis meses, por ante la unidad de alguacilazgo de esta sede Judicial 2. No ausentarse de la jurisdicción del Tribunal, presentarse ante el tribunal en las oportunidades que se le señale todo de conformidad con lo establecido en los artículos 256.....