este Tribunal Quinto de Control actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley emite el siguiente pronunciamiento: Primero: SE ADMITE Totalmente la acusación presentada oralmente en el día de hoy por la Fiscal Segunda del Ministerio Público en contra de la ciudadana ERMELINDA HERNANDEZ, venezolana, de 38 años de edad, titular de la cedula de identidad N° 10.286.584, de ocupación ama de casa, nacida el 07- 10-1969, hija de JESUS MARIA GONZALEZ y BARVINA HERNANDEZ, domiciliada en la CALLE CUCHAPAL, SECTOR LAS MALVINAS, CASA S/N, DETRAS DE LAS TORRES CANTV, SANTA FE, PARROQUIA RAUL LEONI, DEL MUNICIPIO DEL ESTADO SUCRE, por la presunta comisión del delito de PORTE ILÍCITO DE ARMA BLANCA, previsto y sancionado en el artículo 277 del Código Penal venezolano en concordancia con el artículo 16 de la Ley Sobre Armas y Explosivos cometido en perjuicio del ESTADO VENEZOLANO, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánic.....