Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, sede Cumaná, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA, de conformidad con lo establecido en el artículo 242, numerales 3 y 9, del Código Orgánico Procesal Penal, Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra de los imputados Héctor Luís Zerpa Herrera, venezolano, soltero, de 24 años de edad, de oficio pescador, titular de la Cédula de Identidad Nº 20.062.531, natural de Cumaná, Estado Sucre; nacido en fecha 10-06-1989, hijo de Alicia Herrera y Héctor José Zerpa, y residenciado en Santa Fe, calle Las Minitas, casa N° 08, cerca de la vía nacional, parroquia Raúl Leoni, Municipio Sucre del Estado Sucre; Alpidio José Martínez, venezolano, soltero, de 42 años de edad, de oficio pescador, titular de la Cédula de Identidad Nº 11.906.847, natural de Cumaná, Estado Sucre; nacido en fecha 12-08-1969, hijo de Jua.....