Este Juzgado Segundo de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Ejecuta la sentencia dictada en la presente causa y Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de que se cubran los requisitos exigidos en el Artículo 493 eiusdem para el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, a los ciudadanos LISANDRO SALVADOR GUERRA LEÓN, venezolano, titular de la cédula de identidad Nº 6.294.063, natural de Cumaná, soltero, nacido en fecha 26-07-63, de 48 años de edad, hijo de Ismael Guerra y Lilia León, de oficio comerciante, residenciado en el Barrio Universitario, casa N° 44, cerca del hospital, Puerto La Cruz, Estado Anzoátegui, Cumaná, Estado Sucre y LUÍS ARMANDO MEJÍAS JULIO, titular de la cédula de identidad Nº E-72.098.063, natural de Colombia, soltero, nacido en fecha 12/07/1981, de 29 años de edad, hijo de Luís Blanco y Ángela Julio, de oficio comerciante, residenciado en el Barrio Universitario, casa N° 44, cerca del h.....