y estudiadas como han sido las declaraciones rendidas por ante éste Juzgado de los testigos ciudadanas: TANIA DEL VALLE DÍAZ DE BOADA y ANGÉLICA MARIA PANTE BRAVO, venezolanas, mayores de edad, casada la primera, soltera la segunda, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. 11.970.519 y 11.966.019, de oficios del hogar la primera, estudiante la segunda, ambas de éste domicilio, así como también los recaudos acompañados y por cuanto ella demostró lo narrado en la solicitud presentada. Este Tribunal de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario, Tránsito y Bancario del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Sucre, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA EXTINTA CARMEN ESTHER VIÑA CEDEÑO, a los ciudadanos NAIROBI BETHANIA y MIGUEL EDUARDO HERRERA VIÑA, de conformidad con lo establecido en el Artículo 936 del Código de Procedimiento Civil, dejando a salvo l.....