Es por todo lo antes expuesto es que este Juzgado Primero de Ejecución del Primer Circuito judicial del Estado Sucre, Acuerda iniciar de oficio los trámites necesarios a objeto de proveer sobre el otorgamiento del Beneficio de Suspensión Condicional de la Pena, al ciudadano MIGUEL RAFAEL GAMARDO, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.- 16.702.878 y residenciada en el Sector Las Palomas, Quinta Canal, N° 37, Cumaná, Estado Sucre. Todo con fundamento a lo previsto en los artículos 479, 494 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal.
Se Acuerda practicarle Reconocimiento Psicológico y Social al penado de marras; se comisiona al Jefe de la Unidad Técnica de Apoyo al Sistema Penitenciario de Cumaná para tales efectos; De igual forma se acuerda, en virtud de que no consta en el expediente la certificación de antecedentes penales del condenado, que se recabe la certificación de los antecedentes penales que pudiera registrar ante el Registro de A.....