Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de La Ley, se declara PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de DECAIMIENTO DE LA MEDIDA DE PRIVACION JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, presentada por el Abg. José Carlos Gordon, en representación del ciudadano ANTONIO JOSE GONZALEZ GONZALEZ, venezolano, natural de Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre, de 20 años de edad, titular de la cedula de identidad N° V- 26.543.116, nacido en fecha 28-10-1993, soltero, obrero, hijo de Higinia González y Juan Antonio Ramírez, residenciado en la población de Irapa, El Sector el Viñedo, La Floresta, casa sin numero, cerca de la pollera y el abasto, Barcelona, estado Anzoátegui, y Sector la Tablita, Brisas del Coromoto, cerca del comando de la Guardia Nacional, casa s/n, Irapa, Municipio Mariño, Estado Sucre; a quien se le atribuye la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO EN MODALIDAD DE PERPETRADOR Y LESIONES PERSONALES DEL TIPO PEN.....