Por todos los razonamientos expuestos este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Sucre, Extensión Carúpano, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, DECRETA Medida Cautelar Sustitutiva de Libertad en contra del imputado ANTHONY HECTOR MELIAN MALAVE, quien dijo ser venezolano, natural de Río Caribe, de 20 años de edad, estado civil: soltero, titular de la cédula de identidad Nº V- 25.557.131, , nacido en fecha 17/07/1991 de oficio indefinida, hijo de Zuleima Malavé y Héctor Melián, domiciliado en: la población de san Juan de las Galdonas, caserío el caliche, casa sin número, municipio Arismendi, Estado Sucre, por estar presuntamente incurso en la comisión del delito de POSESION ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS, previsto y sancionado en el artículo 153, de la Ley Orgánica de Droga Vigente, en perjuicio de LA COLECTIVIDAD, conforme a lo previsto en el artículo 256 numeral 3 del Có.....